1. Ayudas dirigidas a Asociaciones, fundaciones y otras entidades y organizaciones sin ánimo de lucro
Requisitos: deberán tener entre sus fines la promoción y fomento de los principios vinculados a la empresa social o de la economía del bien común, y tener domicilio social o establecimiento permanente en el territorio de la Comunitat Valenciana.
Actuaciones subvencionables
a) Actividades de fomento de estudios de aspectos relacionados con la empresa social y con la Economía del Bien Común, como la realización de talleres, coloquios, charlas, congresos, encuentros, mesas redondas,
simposios, jornadas, seminarios y otras actividades similares.
b) Actividades de difusión para mejorar la visibilidad de la empresa social y de la Economía del Bien Común y el impacto que tienen en la sociedad, mediante campañas de información y difusión en medios de
comunicación social, edición de publicaciones y demás documentación didáctica, actividades de índole artística (exposiciones, ciclos de cine, música, etc), etc.
c) Actuaciones de innovación social y emprendimiento social positivos que permitan promover y apoyar ideas que, de manera simultánea, resuelvan las necesidades sociales, creen nuevas relaciones sociales y
refuercen la creación de valor económico.
d) Actividades de promoción del emprendimiento social en todos los niveles educativos.
Ayudas
Hasta el 100 % de los costes subvencionables, con un límite de 32.000 €, sin que la ayuda correspondiente a cada una de las actuaciones subvencionables exceda de 16.000 €.
2. Ayudas dirigidas a Pymes
Requisitos: deberán tener personalidad jurídica propia y domicilio social o establecimiento permanente en el territorio de la Comunitat Valenciana.
Actuaciones subvencionables
a) Elaboración e implantación de una memoria de sostenibilidad que contribuya a medir, supervisar y gestionar el rendimiento de las empresas y su impacto en la sociedad en la triple vertiente social, económica y medioambiental, permitiendo medir el éxito ético de la organización y su contribución al bien común, tales como el Balance del Bien Común, memoria de responsabilidad social, estado no financiero u otras herramientas similares.
b) Programas de desarrollo de capacidades y competencias del personal para comprender, medir y comunicar el impacto que las acciones de comportamientos responsables, comprometidos y sostenibles tienen sobre la creación de valor de la empresa, así como la asunción de responsabilidades en materia social y medioambiental.
Ayudas
Hasta el 100 % de los costes subvencionables, con un límite de 4.000 €.
3. Ayudas para Centros, institutos y entes universitarios especializados
Requisitos: pueden tener personalidad jurídica propia, o depender o estar adscritos a una universidad, y deberán tener domicilio social o establecimiento permanente en el territorio de la Comunitat Valenciana.
Actuaciones subvencionables
a) Investigación dirigida a profundizar en los conceptos y valores que rigen los modelos de la Economía del Bien Común, la empresa social y el emprendimiento e innovación social.
b) Aplicación práctica y desarrollo de las herramientas que llevan implícitos estos modelos, como la metodología para la medición de la contribución de las empresas al bien común, elaboración del Balance del Bien Común, y otras herramientas similares.
c) Investigaciones y estudios sobre la contribución real de las empresas sociales y de la Economía del Bien Común a los principales agregados macroeconómicos, así como su valor añadido en comparación con otros modelos empresariales, sus efectos sobre la resiliencia y sus relaciones con la innovación social y el emprendimiento.
d) Recopilación de estadísticas y construcción de indicadores que doten de mayor reconocimiento y visibilidad a las empresas sociales y al emprendimiento social, y permitan una mejor comprensión de sus modelos, profesionalidad y su papel en la sociedad.
e) Formación especializada en materia de emprendimiento e innovación social o Economía del Bien Común.
Ayudas
Hasta el 100 % de los costes subvencionables, con un límite de 30.000 €, sin que la ayuda correspondiente a cada una de las actuaciones subvencionables exceda de 10.000 €.