Medidas urgentes para el impulso del Plan de Respuesta Inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento frente a los daños causados por la DANA
El Real Decreto-ley tiene por objeto la adopción de medidas urgentes para el impulso del Plan de Respuesta Inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento frente a los daños causados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Va a constar de tres fases:
1ª comprende el momento actual y las actuaciones de reacción inmediata precedentes es el de respuesta inmediata y urgente ante esta catástrofe.
2ª reconstrucción de las zonas afectadas..
3ª relanzamiento y transformación del territorio, particularmente el de la Comunitat Valenciana, a la emergencia climática que afecta con especial intensidad a las regiones mediterráneas.
Establece un conjunto de medidas para dar apoyo a la población en varios frentes, entre los que destacamos:
- Ayudas económicas para personas y empresas
Se otorgarán ayudas directas a personas físicas, autónomos y empresas con daños en sus propiedades o locales ubicados en los municipios afectados.
Estas ayudas se destinan tanto a la rehabilitación de propiedades dañadas como al restablecimiento de actividades económicas esenciales para el tejido productivo local.
- Reducciones fiscales y exenciones temporales
El decreto introduce reducciones en el IRPF y en el IVA para quienes operan en las zonas damnificadas, aliviando la carga fiscal para empresas y profesionales afectados.
Se establece una exención temporal de tasas en materia de propiedad industrial hasta el 30 de junio de 2025 para apoyar a las empresas en su recuperación.
- Apoyo al sector agrario
Consciente del impacto en la agricultura y la ganadería, el decreto dispone compensaciones para agricultores y ganaderos que han perdido cultivos o bienes productivos debido a las inundaciones.
Establece medidas en materia agraria. Introduce una ayuda extraordinaria y temporal para las personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad que tengan alguna explotación agraria localizada en el ámbito de aplicación de dicho título, mediante la que se sufrague un porcentaje de las pérdidas, con ciertos límites cuantitativos para ajustarse al sistema de ayudas de Estado; de modo que se asegure una primera inyección de fondos rápida y eficaz que permita hacer frente a los primeros estadios de recuperación de la zona afectada y asegure la supervivencia de dichas explotaciones.
- Medidas de apoyo al sector industrial
Exención de las tasas de solicitud de marcas, nombres comerciales, patentes, modelos de utilidad y diseños para los afectados por la catástrofe, para facilitar la reconstrucción del tejido empresarial de la zona afectada y eliminar cualquier obstáculo para la protección de los activos intangibles.
- Gestión de residuos y medio ambiente
Se autoriza la construcción y uso de vertederos provisionales para gestionar el gran volumen de residuos acumulados tras la DANA, agilizando su tratamiento para prevenir problemas sanitarios y ambientales.
Artículo 59. Medidas de gestión de residuos. … Se suspende la aplicación de lo dispuesto en el artículo 11.1.e) y el anexo I del Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, en caso de que sea necesario construir o habilitar espacios para depositar los residuos generados en las zonas afectadas por la DANA, y siempre que dichos espacios cuenten con la garantía suficiente de protección ambiental.
Artículo 60. Actuaciones de restauración hidrológico-forestal fuera del dominio público hidráulico. En los municipios del anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, y hasta el 31 de diciembre de 2026, se declaran de interés general las actuaciones de restauración hidrológico-forestal fuera del dominio público hidráulico.
Y la restauración de los humedales asociados a los lechos de inundación de las ramblas, incluida La Albufera, así como la aplicación a dichas actuaciones de lo dispuesto en la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre.
- Medidas laborales y permisos retribuidos:
Se aprueban permisos retribuidos para trabajadores en municipios afectados, garantizando el 100% del salario durante el tiempo necesario para atender la emergencia y facilitar su regreso seguro al trabajo.
Además, las empresas podrán acogerse a medidas temporales de flexibilización laboral, que incluyen suspensión de empleo con apoyo económico para empleados.
Se ha previsto un sistema de gestión ágil y directo, que reduzca todo lo posible las cargas administrativas a los interesados y responda a la necesidad, urgente e inaplazable, de allegar recursos a los productores afectados, con el fin de subvenir los gastos y pérdidas en que los agricultores y ganaderos han incurrido, de modo que se asegure la viabilidad de sus explotaciones en el corto plazo.
Las medidas de apoyo diseñadas por el Gobierno incluyen 170 millones de euros para la reparación de los daños en las parcelas, los caminos y las estructuras de producción.
Además la línea de 60 millones de euros de créditos y avales ICO-MAPA-SAECA para explotaciones agrarias, el ministerio estima que la convocatoria para acceder a esta financiación se abrirá en enero. Se trata de ofrecer al sector primario una línea de este tipo con intereses bajos para ayudar a recuperar la actividad productiva tras la catástrofe.
El Ministerio de Agricultura ha aprobado un paquete de 444,5 millones de euros de apoyo al campo, de los cuales 200 millones en ayudas directas para los agricultores y ganaderos que hayan sufrido pérdidas de producción superiores al 40%. Según las previsiones del ministerio, estas subvenciones serán abonadas en un plazo de entre tres meses y tres meses y medio sin necesidad de tener que pedirlas previamente, por lo que estarían pagadas íntegramente en marzo..
A nivel GV
DECRETO 163/2024, de 4 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes para paliar la pérdida de bienes de primera necesidad de las personas físicas, producida por el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.
ORDEN 8/2024 de la Consellera de Justicia e Interior, por el que se adoptan medidas complementarias temporales y excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia del temporal de lluvia y viento iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.
AYUDAS DANA (SOLICITUD Y PREGUNTAS FRECUENTES)
AYUDAS URGENTES PARA PALIAR LA PÉRDIDA DE BIENES DE PRIMERA NECESIDAD DE LAS PERSONAS FÍSICAS, PRODUCIDA POR EL TEMPORAL DE VIENTO Y LLUVIAS INICIADO EL 29 DE OCTUBRE DE 2024 EN LA COMUNIDAD VALENCIANA (DANA)
- Para hacer la solicitud (+Info).
- Preguntas frecuentes (+Info).
- Plazo: hasta el 16 de diciembre de 2024.
- Aportación de documentación / Cancelación de solicitudes:
Se puede anular una solicitud o aportar documentación adicional, a través del trámite Alegación / Aportación (+Info).
- Modelo de representación (+Info).
También puedes acceder a través de: