Decreto Ley 20/2024, del Consell, de medidas urbanísticas urgentes para favorecer las tareas de reconstrucción tras los daños producidos por la DANA
Decreto Ley 20/2024, del Consell, de medidas urbanísticas urgentes para favorecer las tareas de reconstrucción tras los daños producidos por la DANA.
La disposición transitoria segunda de este Decreto, establece la suspensión de los siguientes procedimientos urbanísticos en los municipios afectados por la DANA, hasta que la Administración General del Estado apruebe una relación programada de obras hidráulicas a realizar, valoradas económicamente, con objeto de eliminar el riesgo de inundación en estos municipios:
- Planes urbanísticos que afecten a suelos en situación básica rural que figuren como inundables en la cartografía PATRICOVA, en la cartografía del Ministerio o en la cartografía elaborada por la Conselleria relativa a las zonas inundadas por la DANA.
- Declaraciones de Interés Comunitario (DIC) que afecten a suelos no urbanizable que figuren como inundable en la cartografía PATRICOVA, en la cartografía del Ministerio o en la cartografía elaborada por la Conselleria relativa a las zonas inundadas por la DANA.
Asimismo, quedan suspendidos los anteriores procedimientos urbanísticos que se tramiten en suelos que figuren como no inundables en la cartografía PATRICOVA, en la cartografía del Ministerio o en la cartografía elaborada por la Conselleria relativa a las zonas inundadas por la DANA, hasta el momento en que se incorpore a dichos procedimientos, un informe de escorrentías emitido por el organismo de cuenca sobre el riesgo de inundación, valoradas las consecuencias de dichas escorrentías.
Otras medidas urbanísticas incluidas en el Decreto Ley, se relacionan a continuación:
- La Generalitat podrá tramitar planes especiales urbanísticos de reconstrucción dirigidos a crear y ordenar suelos finalistas para la construcción de viviendas, a la reubicación de polígonos industriales o terciarios, a la integración de las infraestructuras que resulten necesarias y, con carácter general, a facilitar las tareas de reconstrucción.
- Las modificaciones del planeamiento urbanístico municipal en suelo en situación básica urbanizado dirigidas a facilitar las tareas de reconstrucción tendrán, en todo caso, la consideración de modificaciones de la ordenación pormenorizada.. Así, el órgano ambiental y el órgano sustantivo de estas modificaciones será el ayuntamiento, los plazos de tramitación se reducirán a la mitad, y su tramitación será preferente.
- De manera excepcional, los ayuntamientos podrán aprobar Proyectos de Reconstrucción Local (PRL) mediante acuerdo de Pleno adoptado por mayoría absoluta, para la implantación de viviendas residenciales de nueva construcción en solares municipales vacantes no ejecutados.
- Reglas especiales de compatibilidad urbanística, y reglas especiales para la reparación, restitución o reconstrucción de edificaciones.
Normativa
Decreto Ley 20/2024, de 30 de diciembre, del Consell, de medidas urbanísticas urgentes para favorecer las tareas de reconstrucción tras los daños producidos por la DANA (DOGV de 02/01/2025).
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