[Plataforma Proyectistas] Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunitat Valenciana (ROESB)
Publicada la ORDEN 1/2018, de 4 de abril, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se regula el procedimiento de inscripción, modificación, cancelación, comunicación y funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunitat Valenciana.
La Orden regula el procedimiento de inscripción en el ROESB de los establecimientos existentes en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana en los que se fabriquen, formulen, almacenen o comercialicen biocidas, así como los servicios de aplicación profesional de estos productos.
Entre la documentación necesaria para proceder a la inscripción se encuentra:
Para la sección de establecimientos biocidas:
Licencia ambiental otorgada o declaración responsable ambiental aceptada, para la que solicita la inscripción o modificación de la inscripción, cuando esta afecte a las condiciones de la autorización municipal con la que fue inscrito el establecimiento, expedida como máximo en los últimos 12 meses, o en su defecto, certificado de la vigencia de la misma.
Para la sección de servicios biocidas:
Memoria técnica descriptiva de la actividad, que debe contener al menos los epígrafes especificados en el apartado correspondiente del modelo normalizado.
Consulta toda la normativa, procedimiento de inscripción y los documentos necesarios en nuestra PLATAFORMA PROYECTISTAS >> Producción Vegetal>> FERTILIZANTES Y FITOSANITARIOS >> Normativa y Solución Tecnológica