Plataforma18/02/2020

Autorización de emergencia de productos fitosanitarios

La Comisión Europea pone a tu disposición una herramienta de búsqueda de las autorizaciones de emergencia otorgadas por los Estados miembros.

El artículo 53 del Reglamento (CE) n.o 1107/2009, relativo a la comercialización de fitosanitarios, permite a los Estados miembros autorizar la comercialización de productos fitosanitarios, en circunstancias especiales y derogación del proceso de autorización regular, por un período que no exceda los 120 días y para un uso limitado y controlado , donde tal medida es necesaria debido a un peligro que no puede ser contenido por ningún otro medio razonable.

La base de datos de plaguicidas de la UE, EU Pesticides Database , proporciona detalles sobre las autorizaciones de emergencia otorgadas por los Estados miembros notificadas a través del Sistema de Gestión de Aplicaciones de Productos Fitosanitarios (PPPAMS). La información proporcionada no constituye una autorización legal completa: los Estados miembros son totalmente responsables de otorgar autorizaciones de emergencia. La información proporcionada es responsabilidad exclusiva de los Estados miembros y, por lo tanto, cualquier pregunta relacionada con autorizaciones específicas debe dirigirse directamente a la autoridad competente del Estado miembro pertinente.

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