Ayudas dirigidas a las personas trabajadoras autónomas de las zonas de la Comunitat Valenciana afectadas por la dana
Objeto: aprobar las bases reguladoras para la concesión de ayudas en concepto de renta complementaria de subsistencia, que contribuyan a reanudar la actividad económica y mantener el empleo de las personas trabajadoras autónomas de los municipios de la Comunitat Valenciana afectados por la dana de octubre de 2024.
Empresas beneficiarias y requisitos:
Podrán ser beneficiarias las personas físicas que el 29 de octubre de 2024 reunieran los siguientes requisitos:
a) Figuraban de alta como trabajador autónomo en la Seguridad Social o en alguna mutualidad.ç
b) Figuraban de alta en el IAE.
c) Su lugar de trabajo se ubicaba en alguna de las zonas relacionadas en el anexo. A estos efectos, se considerará lugar de trabajo el que conste en el censo de empresarios, profesionales y retenedores o cualquier otro registro oficial (en concreto, en el caso de actividades que no se desarrollan de forma permanente en un local o en lugar específico y predeterminado como las de transporte, construcción, comercio sin establecimiento y similares, se considerará asimismo lugar de trabajo, con carácter alternativo pero no excluyente, el que figure como domicilio fiscal); o, en su caso, en la autorización municipal, que deberá ser previa al 29 de octubre de 2024, para la realización de la venta no sedentaria de carácter periódico.
d) No tenían contratada a ninguna persona trabajadora por cuenta ajena.
Financiación y cuantía de las ayudas
La dotación inicial estimada de estas subvenciones asciende a 52.000.000 euros, fondos propios de la Generalitat.
El importe de la ayuda será de 3.000 euros por persona trabajadora autónoma.
Plazo de presentación: se iniciará a las 09:00 horas del 10 de febrero de 2025 y finalizará a las 15.00 horas del 28 de febrero de 2025.
Forma de presentación:
La solicitud se presentará de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat, a través del procedimiento «EADANA 2025 Ayuda extraordinaria a personas trabajadoras autónomas dana 2024». En la página web de Labora (Ayudas fomento del empleo 2025 – Generalitat Valenciana) estará disponible la información y documentación necesaria, y se habilitará el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud.
Se deberá disponer de firma electrónica avanzada, con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física) admitido por la sede electrónica de la Generalitat. Si la solicitud se presenta por representante, éste deberá estar previamente autorizado en el registro de representantes.
Instrucción del procedimiento: corresponde a Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación
El criterio para la concesión de la subvención, hasta agotar el crédito disponible, será el del momento de la presentación de la solicitud (día/hora/minuto/segundo). A estos efectos, no se considerará presentada una solicitud hasta que se aporte toda la documentación requerida.
Disposición final segunda: Modificación del Decreto 176/2024, de 3 de diciembre, del Consell Se modifica el anexo del Decreto 176/2024, de 3 de diciembre, del Consell, de manera que se incluyen asimismo los municipios de Alberic, Barxeta, Benaguasil, Benimodo, Carcaixent, Castelló, Castielfabib, Chulilla, L’Ènova, Manuel, Millares, La Pobla Llarga, Rafelguaraf, Senyera y Tous.
Efectos: El presente decreto producirá efectos a partir del día 7 de febrero de 2025, con la salvedad de la disposición final segunda cuyos efectos se retrotraerán al momento en que produjo efectos el Decreto 176/2024, de 3 de diciembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas urgentes dirigidas a las personas trabajadoras autónomas de las zonas de la Comunitat Valenciana afectadas por la dana.
Más información en el siguiente enlace de la página web de la CEV