Partners29/01/2021

Consecuencias del brexit en la agricultura española

Tanto para España como para otros países los efectos directos del Brexit están por conocerse. Aún así, nuestro partner Sigfito comparte este artículo donde se informa de algunos de los aspectos y directrices establecidas por parte de las autoridades de Reino Unido.

Ya por el año 2016 se empezó a hablar de la salida del Reino Unido de la UE, el día 23 de junio de ese mismo año y a través de un referéndum, los ciudadanos británicos decidieron apoyar la salida definitiva de la UE. Tras 4 años de duras negociaciones este 1 de enero de 2021 Reino Unido abandonaba definitivamente la Unión Europea.

Una vez terminado el periodo de transición de abandono, se prevé que aumenten las barreras comerciales, afectando a todos los sectores, entre ellos a las importaciones y exportaciones agrícolas. Reino Unido es uno de los destinos comerciales más importantes para España.

El mercado británico es altamente relevante para el sector agrícola español ya que el 8% del total del comercio exterior se estos productos se envía a Gran Bretaña. Para entenderlo mejor, hablamos de más de 4 millones de euros al año según el Ministerio del Exterior.

¿Qué productos vendemos a Reino Unido?

Las hortalizas y cítricos son los productos estrella que España exporta a Reino Unido, por lo que nos situamos como el principal exportador en estos dos casos según el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Aquí podemos ver algunos ejemplos:

  • Frutos rojos, kiwis y caquis: Somos el principal exportador de estos productos a R.U. con una cuota del 36%. Nos siguen otros países como Holanda y Chile que no llegan al 11%.
  • El caso de los cítricos: España es el principal exportador con una cuota del 34%, por detrás encontramos a Sudáfrica (24%).
  • Hortalizas: España también se sitúa en cabeza con una cuota del 27%, a continuación se sitúa Holanda con un 22%.
  • Vino y mosto: España tiene una cuota de mercado del 8% en relación con estos productos, lo que nos sitúa en tercer lugar después de Francia (28%) y Italia (21%).
  • El aceite de oliva: España es el primer proveedor de R.U. con una cuota del 64%, muy por delante de Italia (25%).

¿Qué productos compramos a Reino Unido?

Entre las compras más representativas de España a R.U. encontramos las bebidas espirituosas, los crustáceos y el pescado según el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Aquí podemos observar su importancia.

  • Crustáceos: España es el segundo cliente de R.U con una cuota del 19%, después de Francia que supera el 30%.
  • Pescado fresco o refrigerado: España es el cuarto cliente de R.U con una cuota del 8%. El principal es Francia que alcanza el 30% de la cuota, seguido de EEUU (28%) y China (9%).
  • Bebidas espirituosas: Las compras de España representan el 5% de las exportaciones totales de R.U, situándose en cuarto lugar después de EEUU (24%), Francia (9%) y Singapur (6%).

¿Qué efectos tendrá el Brexit sobre los productos agrícolas?

A día de hoy, con los efectos del Brexit por conocer, se pueden prever algunos efectos negativos en relación a los productos agrícolas y alimentarios en su conjunto.

Una de las principales consecuencias que afectará a la agricultura española y también a la europea será la referente a las ayudas agrícolas.

Como efecto directo del Brexit la Política Agraria Común (PAC) ha visto reducido su presupuesto un 5% (3 millones de euros anuales). Esto supone que gran parte de las ayudas y subvenciones que Europa destinaba a los agricultores se verán afectadas.

En el momento actual en el que nos encontramos, a apenas dos semanas del acuerdo y de la salida de R.U, los efectos directos no son visibles para las importaciones y exportaciones entre España y el país británico. Con el tiempo y, con la evolución de los acuerdos políticos, se podrá ir viendo cuales serán las principales barreras para la agricultura española.

Según el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la UE y Reino Unido establece que no habrá aranceles ni barreras para los bienes que cumplan con ciertas reglas de origen que se establecen en el texto del Acuerdo. ¿Qué quiere decir? Que para poder exportar nuestros productos con total normalidad se debe justificar el origen de las mercancías.

Para comprobar la veracidad del origen los agricultores tienen 2 opciones:

  1. Declaración de origen en documento comercial del exportador previamente autorizado por la autoridad aduanera (autocertificación). Aquí se puede acceder al organismo que realiza los certificados: https://www.camara.es/comercio-exterior/certificado-de-origen
  2. «Conocimiento del importador» es una declaración del importador de que el producto es originario.

En todo caso, si una mercancía no puede certificar de manera correcta su origen deberá pagar los aranceles reglamentarios que Reino Unido ha impuesto.

Respecto a los controles sanitarios

A partir del 1 de enero de 2021, aquellos productores españoles que quieran exportar sus bienes fuera de la Unión Europea, en este caso a Reino Unido, deberán cumplir los requisitos sanitarios exigidos por el país de recepción. El país británico ha creado una web en constante actualización en la que se explica que controles sanitarios y fitosanitarios deberán pasar los productos exportados por otros países.