23/11/2018

El COIAL vuelve a defender capacidad técnica real de nuestra profesión, en este caso, para los proyectos de demolición

Los servicios jurídicos del COIAL continúan defendiendo las competencias de nuestra profesión ante los ayuntamientos que no tienen claro cuáles son. Ha ocurrido recientemente en un ayuntamiento cuyos técnicos cuestionaban la capacitación de uno de nuestros colegiados para acometer una demolición parcial de una edificación existente.

En el informe redactado por nuestros servicios jurídicos, el abogado Manuel Chalud pone de relieve que de nuestra formación curricular “se desprende un nivel de conocimientos y capacitación técnica sobrada para la redacción del proyecto en cuestión, siendo las áreas relacionadas con la ingeniería de la construcción de especial relevancia en los estudios de los ingenieros agrónomos”.

El letrado también precisa que las obras de demolición son un tipo de actuación no regulada en ninguna disposición legal. En este caso, el criterio que se debe seguir, que se desprende de la abundante, constante y pacífica jurisprudencia que hay al respecto,  es que aquella persona que vaya a hacerlo tenga los conocimientos técnicos para llevarlo a cabo, según los principios de  idoneidad y capacidad técnica real.

Desde el COIAL no dejamos de estar vigilantes antes casos como este, que ponen en duda las capacidades técnicas que nuestros colegiados han adquirido durante largos años de estudio y que han puesto en práctica durante su desempeño profesional. Es una cuestión de defensa de los derechos laborales y del derecho que tiene un cliente a contar con el profesional competente que más le convenga.