Normas de seguridad para obras, trabajos y aprovechamientos forestales
El pasado 7 de julio, se publicó en el DOCV, un nuevo DECRETO por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 3/1993, forestal de la Comunitat Valenciana.
Este nuevo decreto incluye la obligación del cumplimiento del pliego de normas de seguridad para obras, trabajos y aprovechamientos forestales.
A partir de su entrada en vigor (8/07/2023), la ejecución de obras o trabajos de ingeniería, construcción, trabajos forestales, aprovechamientos forestales o de cualquier otro tipo que pueda implicar riesgo de producir incendios forestales, que se realicen en terrenos forestales, o a distancia menor o igual a 100 metros de terreno forestal, deberán incluir en los pliegos de prescripciones técnicas del proyecto de ejecución, el Pliego General de normas de seguridad en prevención de incendios forestales.
El Decreto, incluye, el ANEXO IX, Pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios forestales a observar en proyectos de ejecución, obras, trabajos y aprovechamientos forestales, que se realicen en terreno forestal o en sus inmediaciones.
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