Novedades introducidas por el decreto de alarma_Renovación on-line de certificados de firma electrónica.
Para renovar un certificado on-line se requerían 2 condiciones:
1. Que el certificado estuviera aún activo.
2. Existía una limitación legal que impedía renovar on-line un certificado si habían pasado más de 5 años desde que se identificó al usuario en un Punto de Registro de Usuario (PRU). En la práctica, sólo era posible renovar on-line en una ocasión. Después era imprescindible volver al PRU.
Las novedades introducidas en el decreto de alarma eliminaron la segunda restricción y permitían el uso de los certificados caducados a partir del 14 de marzo.
En estos momentos ya se puede renovar on-line en la plataforma de la ACCV, llamada Área Personal de Servicios de Certificación (APSC), teniendo en cuenta ambas nuevas condiciones. Es decir, se ha quitado la limitación de los 5 años y se debe poder renovar un certificado, aunque el que tenemos ahora mismo esté caducado, siempre que la fecha de caducidad sea posterior a la indicada.
Los condicionantes técnicos que aparezcan por el uso de determinados navegadores, ya no dependen de la ACCV. Por ejemplo, Firefox permite utilizar certificados caducados, pero Internet Explorer o Chrome, no. Por lo que se deberá usar Firefox para renovar un certificado caducado.
Se ha consultado al Ministerio las posibilidades de flexibilizar la parte de generación de nuevos certificados en lo que respecta a la necesidad de presencia física, manteniendo las garantías legales. Si hubiera alguna modificación al respecto os la comunicaremos. La emisión de nuevos certificados sigue ajustándose al procedimiento de siempre.
NOVEDAD Se puede obtener un nuevo certificado de ciudadano de la ACCV desde la misma plataforma, identificándose con el DNI-electrónico, si el colegiado lo tiene operativo.
Seguimos trabajando para poder dar el mejor servicio, siempre dentro de las limitaciones legales y técnicas a las que estamos sujetos.