Legislación14/06/2019

Nuevo Reglamento que desarrolla la Ley 19/2018 de aceleración de la inversión a proyectos prioritarios

La ley prevé la creación del Punto de Aceleración a la Inversión, un instrumento de coordinación e impulso de proyectos empresariales que permitirá abordar el proceso de inversión por parte de las empresas mediante una única interlocución.

Los proyectos considerados como prioritarios (art. 2 de la ley) tendrán una tramitación preferente y urgente, reduciéndose a la mitad los plazos correspondientes a los trámites establecidos en los procedimientos administrativos de la Generalitat que deban seguirse para la ejecución efectiva del proyecto.

Para que un proyecto empresarial pueda tramitarlo el Punto de Aceleración a la Inversión, deberá aportar a la Comunitat Valenciana un valor añadido en áreas como el desarrollo tecnológico y la innovación, desarrollo y vertebración territorial, generación de empleo, recuperación y fomento de sectores tradicionales, protección medioambiental, promoción de la inclusión social, igualdad y conciliación en el ámbito laboral o corresponsabilidad, entre otros criterios económicos, sociales y medioambientales

Cualesquiera de las personas interesadas que tengan la intención de iniciar un proyecto de inversión o reinversión empresarial que reúna los requisitos establecidos podrá solicitar al Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) la asistencia por parte del Punto de Aceleración a la Inversión, presentando a tal objeto la documentación acreditativa del cumplimiento de estos requisitos.

El nuevo Reglamento establece el proceso de presentación de solicitudes y la documentación necesaria.

Normativas de consulta:

  • Ley 19/2018, de 13 de julio, de aceleración de la inversión a proyectos prioritarios (LAIP).
  • DECRETO 78/2019, de aprobación del Reglamento de la Ley 19/2018 de aceleración de la inversión a proyectos prioritarios.