Publicada la Ley de estructuras agrarias de la Comunitat Valenciana
LEY 5/2019, de 28 de febrero, de la Generalitat, de estructuras agrarias de la Comunidad Valenciana.
Esta ley ofrece como principales novedades las siguientes:
- Se establecen los objetivos de la política de estructuras de la Generalitat desde una lógica integradora de las funciones económicas, sociales, territoriales y ambientales de la actividad agraria
- Se crea la figura de agente dinamizador
- Se define el mapa agronómico, que constituirá una herramienta de información para las políticas agrarias de la Generalitat
- Se define el suelo agrícola infrautilizado, con el objetivo de poder inventariar la magnitud del problema de las parcelas abandonadas y hacer un seguimiento
- En los supuestos de suelo agrario infrautilizado, se abre un procedimiento para la declaración, la inclusión en el inventario correspondiente y un abanico de alternativas que evite o corrija las condiciones que han motivado la iniciación del expediente
- Se crea una red de tierras, formada por una red de oficinas gestoras de tierras sobre la base de un marco innovador que se beneficia de la experiencia que los bancos de tierras comienzan a adquirir en la Comunidad Valenciana.
- Se crea la figura de la iniciativa de gestión en común (IGC), calificación que debe promover las explotaciones asociativas o agrupaciones de explotaciones
- Se promueven herramientas de gestión sectorial, como el plan de actuación sectorial
- Se recogen medidas de apoyo público a la reestructuración parcelaria con apoyo del Consejo.
- Se introducen incentivos fiscales a la adquisición, cesión y arrendamiento de fincas rústicas que amplían considerablemente los beneficios previstos en la normativa estatal, con una atención prioritaria a la consolidación de explotaciones a favor de profesionales de la agricultura y de las iniciativas de gestión en común.
A la entrada en vigor de esta ley quedan derogadas:
1.1. La Ley 7/1986, de 22 de diciembre, de la Generalitat, de utilización de agua para riego.
1.2. La Ley 8/2002, de 5 de diciembre, de ordenación y modernización de las estructuras agrarias de la Comunidad Valenciana.
1.3. Las disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta ley.
Tras la entrada en vigor de esta ley continúa vigente el Decreto 217/1999, de 9 de noviembre, del Gobierno Valenciano, por el que se determina la extensión de las unidades mínimas de cultivo en la Comunidad Valenciana.