Recordatorio de las importantes modificaciones introducidas en la PAC 2018 por el Real Decreto 980/2017 -Aplicación de Purines –
El pasado 11 de noviembre se publicó en el BOE el Real Decreto 980/2017, de 10 de noviembre, por el que se modifican los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014, 1077/2014 y 1078/2014, todos ellos de 19 de diciembre, dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común.
Esta normativa regulará la concesión de ayudas durante 2018 e introduce una serie de novedades que hay que tener en cuenta de cara a la próxima declaración de la PAC de 2018.
Destacamos la modificación del Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola.
Condicionalidad. Purines y estiércoles sólidos.
A las buenas condiciones agrarias y medioambientales exigidas para el mantenimiento del nivel de materia orgánica en el suelo se añaden dos más:
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La aplicación de purín en las superficies agrícolas no podrá realizarse mediante sistemas de plato o abanico ni cañones, pudiendo las comunidades autónomas establecer excepciones, atendiendo a las características específicas de las superficies afectadas, incluidas las condiciones orográficas y climáticas, u otros motivos, debiendo las mismas quedar debidamente justificadas.
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Los estiércoles sólidos deberán enterrarse después de su aplicación en el menor plazo de tiempo posible. No obstante, se podrán exceptuar de esta obligación, si la comunidad autónoma así lo establece, los tipos de cultivo mediante siembra directa o mínimo laboreo, los pastos y cultivos permanentes, y cuando la aportación del estiércol sólido se realice en cobertera con el cultivo ya instalado.»